ÉTICA DEL CONTADOR
ÉTICA DEL CONTADOR INDEPENDENCIA CON RESPECTO A LOS CLIENTES, INTEGRIDAD Y OBJETIVIDAD. COMPETENCIA Y NORMAS TÉCNICAS. RESPONSABILIDADES EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN. RESPONSABILIDAD FRENTE AL PÚBLICO Y OTRAS REGULACIONES. SANCIONES. VOCABULARIO TÉCNICO. INTEGRIDAD Y OBJETIVIDAD. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL DEL CLIENTE. HONORARIOS CONTINGENTES. OFERTAS DE EMPLEO. INDEPENDENCIA CON RESPECTO A LOS CLIENTES, INTEGRIDAD Y OBJETIVIDAD. Artículo 1: El Contador Público Autorizado deberá conservar su integridad y su objetividad en todos los actos de sus profesión. Cuando se comprometa a la práctica profesional independiente, no deberá tener dependencia laboral ni de ninguna índole de aquellas personas a quienes sirve. Artículo 2: El público y los usuarios directos de los servicios del Contador Público Autorizado esperan encontrar integridad y objetividad entre sus cualidades más sobresalientes. COMPETENCIA Y NORMAS TÉCNICAS. Artículo 21: Siendo la inf